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lunes, 30 de junio de 2014

Comprar un móvil nuevo: La publicidad engañosa


La imaginación de las personas que trabajan en la publicidad de las compañías de telefonía móvil no tiene límites. Antes, nos ocultaban el precio final omitiendo que no incluía el IVA, con lo que el consumidor al recibir la factura se solía llevar una desagradable sorpresa. Cientos de reclamaciones más tarde, eso cambió y hoy por hoy se anuncia con pancartas que el IVA está incluido (porque la legislación les obliga, claro está) . 

La novedad viene con lo de comprar los terminales. Antaño regalaban los teléfonos para que nos cambiásemos de compañía, nos publicitaban un smartphone a 0 € a cambio de que contratásemos una tarifa de consumo de las más altas. Era justo: Ellos nos ofrecían un buen teléfono porque nosotros eramos clientes con los que obtendrían mucho beneficio. Ahora, como los terminales ni se regalan ni se subvencionan (descuento sobre el precio del teléfono para los que ya son clientes), sino que se financian (venta a plazos), para animarnos a adquirir los teléfonos nos hablan de un pago inicial, o un pago final, y cuotas de 24 meses para pagar el terminal en cómodas mensualidades.

Sin entrar a valorar lo innecesario de comprar un teléfono que vale incluso más que una lavadora, el problema de la venta de terminales lo he encontrado en Vodafone, en donde existe publicidad engañosa:
Cuando te anuncian los precios para comprar un iphone 5, lo hacen de la siguiente manera:

Por un lado, nos hablan de un "gasto mensual" que irremediablemente asociamos al consumo del servicio, esto es, el precio de la tarifa.

Y por otro lado, justo en la siguiente columna, tenemos el "coste del smartphone". Así, nos dan a entender que el teléfono cuesta 99 € si contratamos una tarifa smart s, en la que por el precio de 25,5 € durante los 6 primeros meses, y 34 €/mes el resto de la permanencia,  nos ofrecen 200 minutos a todos los operadores y 800 mb de internet.

Captura de pantalla de las tarifas para iphone 5


Comparando con los precios que ofrecen otras compañías para comprar un iphone, Vodafone parece ser de los más competitivos. Incluso una ganga.

La única forma de percatarse del engaño es seleccionar otro modelo de teléfono, de gama inferior, y observar que no sólo el coste del smartphone se reduce (algo que cabe esperar) sino  que también se reduce el gasto mensual, lo que entendemos por el coste de la tarifa: 200 minutos y 800 mb de internet a 19€/mes (vs. 34 €/mes de la misma tarifa comprando un iphone).



Captura de pantalla para las tarifas de un móvil casa vodafone


Podemos concluir que si tenemos un smartphone de gama alta y pagamos más por la tarifa que comprando un smartphone de gama baja, nos están cobrando el precio del smartphone de forma oculta incluyéndolo en la tarifa de consumo. Para que fuera transparente, debería indicarse  no sólo que la tarifa incluye "200 min a todos los operadores y 800 MB +cuotas mensuales de tu terminal", sino también el desglose de lo que pagas por cada cosa: "200 min a todos los operadores y 800 MB 19€+ cuotas mensuales de tu terminal 15€". 
El asunto es que no deberíamos tener que hacer cuentas para saber cuánto estamos pagando, sino que las empresas deben ser claras con lo que anuncian.


Si bien es verdad que otras compañías también facturan mensualmente el coste del smartphone, éstas lo indican con total transparencia. Por ejemplo, Yoigo especifica el precio de la tarifa, el tiempo de permanencia, el coste del terminal si se paga a tocateja, y el precio del terminal a plazos aclarando, además, lo que se paga en cada uno de los plazos y lo que se abona en el mes  25 como pago final.

Captura de pantalla para comprar un iphone 5 con tarifas de Yoigo.


Como siempre, toca leer la maldita letra pequeña y además, ponerse con las matemáticas. Pero tranquilo, si has comprado un teléfono móvil y has cambiado de idea, tienes 14 días desde que lo recibes para desistir, esto es, para cancelar la compra y que te devuelvan el dinero.



Nota: Las diferencias de precio del iphone 5 entre unas compañías y otras puede deberse a que son modelos de iphone5 diferentes.

lunes, 23 de junio de 2014

La otra carta informativa de Gas Natural Fenosa


Esta es la carta que debería habernos llegado a todos sobre los nuevos precios de la electricidad con la entrada en vigor del Real Decreto 216/2014.  Si te ha llegado otra diferente hablando de la tarifa "Óptima luz",  pincha aquí para ver el otro modelo y solucionar tu caso.


¿Qué me están diciendo con esta carta?


1) Que se modifica la forma de determinarse el precio del kw:  De este cambio no son responsables las compañías eléctricas, sino el Gobierno, que impuso un nuevo modelo eléctrico con el cual se ahorrarán ciertos costes. No supone un cambio sustancial para el consumidor, pero es obligación de la compañía mantenerte informado. ¿Que qué ha cambiado en concreto? Antes, a través de las subastas CESUR se fijaba un precio estable del kw durante tres meses. Tras el escándalo de la subasta de diciembre en el que manifiestamente hubo manipulación (se abrió expediente a Iberdrola como principal responsable),  el Gobierno eliminó el sistema de subastas CESUR e ideó una serie de reglas aritméticas conforme a las cuales la oferta y la demanda de electricidad (el mercado eléctrico) determinarán el precio del kw, lo cual es algo más transparente de cara a los consumidores. 

2) Que la compañía tiene tres meses para adaptarse al cambio: El nuevo sistema se implantó deprisa y corriendo, en sólo cuatro meses, y las compañías no dieron a basto. Así, aunque entró en vigor el nuevo sistema ya en Abril, a las compañías no les ha dado tiempo a adaptarse al nuevo sistema (como era de esperar), y la Administración les ha concedido un plazo de tres meses más para que se adapten. Entre tanto, siguen aplicando un precio provisional determinado por el Gobierno.


3) Que nos van a devolver dinero: Como la última subasta CESUR se anuló, el Gobierno tuvo que inventarse un precio por kw para que las empresas eléctricas pudieran facturar nuestro consumo. Como no se puede saber a priori cuál es el precio real de la electricidad, una vez que se supo meses después, se concluyó que el precio real había sido inferior al precio ficticio inventado por el Gobierno, motivo por el cual las compañías nos van a devolver lo facturado de más. Era muy difícil dar justo con el precio del kw, tan cambiante, y que saliera a devolver a los consumidores fue algo predeterminado para que se pudiera ajustar cuentas con mayor comodidad y menor revuelo ciudadano. Para saber más, pincha en este enlace: ¿Por qué nos van a devolver dinero las eléctricas?


4) Que hay dos alternativas al nuevo modelo de fijación de precio, y aunque esto no lo dicen, se corresponden con el mercado libre y no con el mercado regulado: Una tarifa plana (el precio del kw lo determina directamente la compañía eléctrica) o una negociación individual con las comercializadoras de mercado libre del precio del kw (cuyo precio, no nos engañemos, también determinará la compañía eléctrica).


Conclusiones:

Está más que demostrado que el precio del mercado regulado es más económico que el precio del mercado libre, por lo tanto, las alternativas al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) que nos ofrecen no son recomendables.

Si quieres saber más sobre el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, pincha aquí.

Si quieres saber más sobre el mercado libre y el mercado regulado, pincha aquí.




miércoles, 11 de junio de 2014

¿Mercado libre o mercado regulado de la luz y gas?

Van de puerta en puerta ofreciendo súper ofertas y descuentos que nos harán ahorrar en nuestras tarifas de gas y luz. Son los comerciales de las compañías eléctricas y gas, que nos cambian del mercado regulado al mercado libre sin que siquiera nos demos cuenta. Lo peor es que la CNMC acaba de constatar que entre julio del 2015 y junio del 2016 ninguna de las ofertas en el mercado libre dirigidas a consumidores con derecho a PVPC fue más barata que las del precio regulado. De hecho, la propuesta más asequible de las primeras suponía 32 euros más que la segunda.

¡Es muy importante tener tarifa del mercado regulado en nuestras casas para ahorrar lo máximo posible en la factura!

En este video explico con un gráfico qué es eso de los dos mercados de la electricidad y el gas






¿Por qué es importante saber si estoy en el mercado regulado o en el mercado libre?

El mercado de la electricidad está "semi-intervenido" por el Gobierno desde 2009, que hasta ese año era completamente regulado. Se decidió liberalizar el mercado para que pudiese haber libre competencia, pero manteniendo la intervención en los precios para el consumo en potencias contratadas de menos de 10 kw (lo normal es que tengas entre 3 y 5 kw de potencia contratada) a fin de impedir que un oligopolio eléctrico exprimiese al pequeño consumidor en las facturas; es decir, existe un MERCADO LIBRE, donde los precios se fijan por las compañías libremente y un MERCADO REGULADO, donde el pequeño consumidor disfruta de cierta protección.

Por su parte, las grandes compañías van de puerta en puerta para que, prometiéndonos descuentos, nos pasemos al mercado libre, donde las tarifas son más caras que en el mercado regulado.

A las compañías no les interesa que el consumidor diferencie entre MERCADO LIBRE y MERCADO REGULADO porque así es más sencillo que se realicen contrataciones de mercado libre, donde realmente se lucran vendiendo electricidad.

Los precios de las tarifas reguladas por la Administración o intervenidos (el mercado regulado) son más económicos que los precios fijados por las compañías (el mercado libre), a pesar de las ofertas que hagan, los combos, los descuentos y demás.


¿Cómo sé si estoy en el mercado regulado o en el mercado libre?

Nos tenemos que fijar en dos cosas: el tipo de tarifa (PVPC es tarifa de mercado regulado) y la denominación social de la empresa.

1. Al respecto del tipo de tarifa: Precio Voluntario al Pequeño Consumidor es una tarifa ideada en el año 2014 a fin de bajar los costes de aseguramiento (que el precio del kw no variase durante tres meses tenía un coste) y en consecuencia, los precios varían por horas. Aún así, por mucho que suba el precio del kw en el mercado regulado, siempre va a ser más barato que un precio fijo del mercado libre. Busca en tu factura el nombre de tu tarifa, y si no estás seguro, fíjate en la denominación social que te explico a continuación.

2. Al respecto de la denominación social de la empresa:
Sólo las compañías de último recurso pueden ofrecernos la tarifa regulada. El problema es que utilizan el mismo nombre cuando actúan como comercializadoras de mercado libre. Además, comparten logotipo, diseño de las facturas y ofertan tarifas de mercado regulado a veces sin hacer una clara diferenciación con las de mercado libre, lo que  hace muy difícil distinguirlas, y en consecuencia, muchos consumidores desconocen si están en el mercado regulado o en el mercado libre .

En las facturas no se refleja con claridad el tipo de tarifa que se nos aplica. Lo ideal sería que todas las facturas de mercado regulado fueran iguales y con las mismas nomenclaturas, pero por desgracia cada compañía plasma en la factura un nombre diferente para algunos de los conceptos, incluido el del tipo de tarifa (que algunas compañías directamente omiten).

Para saber si estamos o no en el mercado regulado nos tenemos que fijar en la compañía que nos está facturando.

Para distinguirlas, debemos prestar atención a la denominación social a pie de página de la factura, o en alguno de sus bordes. Vamos a comparar cómo se denominan las comercializadoras de último recurso con las del mercado libre para ver las diferencias:



He aquí las denominaciones sociales de las comercializadoras de último recurso:

  1. GAS NATURAL S.U.R. SDG, S.A.
  2. ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U.
  3. IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.
  4. EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.
  5. E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L.

Y aquí cómo se denominan cuando son comercializadoras de mercado libre:
  1. GAS NATURAL SERVICIOS, SDG, S.A.
  2. ENDESA ENERGÍA S.A.U.
  3. IBERDROLA GENERACIÓN S.A.U.
  4. EDP mercado libre, pincha aquí para conocerla http://www.edpenergia.es/es/hogares/gas-y-electricidad/precios/mercado-libre/
  5. EON ENERGÍA S.L.


Reitero, en las cartas que nos envían no aclaran la denominación completa, ponen sólo "Gas Natural Fenosa", "Iberdrola", "Endesa", etc. 





¿Existe una tarifa de último recurso regulada por la Administración también para el gas o tengo que estar en el mercado libre?

Sí, existe una tarifa de último recurso también para gas. Que no te engañen en las oficinas de tu comercializadora habitual (si lo digo es porque ya lo han hecho a personas que me han consultado a mí sobre el tema). Pincha aquí para verla (al igual que otras tarifas reguladas por la administración, los precios son los mismos en todas las comercializadoras de último recurso de gas).

En este enlace podrás conocer las comercializadoras de mercado regulado del gas

¿Cómo hago para cambiarme al mercado regulado?

Basta con que lo contrates por teléfono. Has de llamar a tu comercializadora de mercado libre para enterarte cuál es la compañía de último "recurso" o "mercado regulado" que da servicio en tu localidad.  En este video te enseño cómo se hace una llamada REAL para cambiar de comercializadora (por ser Galicia, la comercializadora de referencia (mercado regulado) es Gas Natural Fenosa : 





¿Es cierto que podemos ahorrar con las ofertas de gas y electricidad del mercado libre?


No. Existen tarifas reguladas por la Administración que son siempre más económicas que las que nos ofrecen los comerciales en el mercado libre. 

El problema es que los comerciales no informan cuando ofrecen sus ofertas de que se tratan de tarifas del mercado libre, que son más caras que las del mercado regulado, muchas veces el cambio se hace junto con la unificación de la factura de la luz y el gas, con descuentos que en realidad son irrisorios y no compensan el sobrecoste del mercado libre; no informan del precio por kw, ni del término fijo de potencia, no los comparan con las tarifas reguladas porque suelen ser más caros, no informan de que los descuentos a veces no se aplican sobre el total de la factura, sino sobre uno de los conceptos y no informan en el caso de que el descuento sea sólo temporal. Ellos tienen mucha labia, están delante de la puerta de nuestra casa para cubrir nuestros datos y hacernos firmar. 

Además, a veces contratan servicios adicionales de mantenimiento que son muy costosos y totalmente prescindibles sin informarnos, de una forma tan fácil como marcar una casilla más.

Mi recomendación es que nunca se contrate con comerciales a domicilio. Recibirás una información más veraz y ajustada a tus necesidades en la propia oficina de la compañía.

jueves, 5 de junio de 2014

Cosas a tener en cuenta antes de firmar un acuerdo en el banco por preferentes o subordinadas


A los abogados que lean esto, les sonará la cantinela de estar negociando arduamente con la parte contraria, preparar durante semanas la más irrefutable y mejor demanda del mundo, que la presentes, y antes de la contestación que un buen día te llame el cliente y te suelte "mira, que hablé con el banco, y ya lo arreglé yo".

Novacaixagaliciabancodetodoslossantos está llamando directamente a las personas que tienen preferentes y subordinadas para ofrecerles acuerdos, ignorando a quienes defienden sus intereses y presentan las demandas, los abogados. Me preocupa, y me preocupa mucho, porque los clientes no entienden los riesgos que pueden suponer ignorar las recomendaciones de su abogado, o no dejarle leer el acuerdo que van a firmar con el banco pensando que quizás así se ahorren pagar los honorarios.

¿Por qué tengo que pagar al abogado si el Banco llega a acuerdos con todo el mundo?

Si llegamos a este punto de la historia interminable de preferentes y subordinadas, fue porque diferentes entidades lucharon en los juzgados por los intereses de los preferentistas. A día de hoy, al Banco no le queda otro remedio que evitar el juicio porque lleva las de perder.

No obstante, no podemos olvidar que nosotros celebramos un contrato con el abogado, y que presentada la demanda, no se puede discutir que nuestro acuerdo en concreto no tenga que ver con ésta sólo porque haya gente que no la presentó y también la hayan llamado. Además, el compromiso a la hora de presentar la demanda es mutuo, tanto del abogado para defender los intereses del cliente, como del cliente a la hora de satisfacer sus honorarios. Presentada la demanda, no se puede regatear lo que le pagamos y no se puede decidir prescindir de nuestro abogado para aceptar un acuerdo sólo porque nos convenga cuando los vientos soplan a favor.

Siempre que se reclama una cantidad, la incertidumbre de recuperarla o no recuperarla es elevada. Por eso decidimos contratar a un abogado, para que él negocie y en su caso, pleitee por nosotros. Pero contratar a un abogado y celebrar acuerdos a sus espaldas para evitar pagarle los honorarios una vez que éste presentó la demanda, es como contratar a una compañía de seguros y pedir que nos devuelva el dinero al finalizar el contrato porque no hubo ningún siniestro.


¿Por qué debo consultar a mi abogado antes de firmar?

Firmar acuerdos con el banco sin la supervisión de un abogado es arriesgado. Ya nos colocaron preferentes una vez, ¿os acordáis? Si tienes contratado a un abogado para que te lleve el asunto, pídele que revise lo que vas a firmar. No olvidemos que una cosa es lo que nos digan en el banco y otra cosa es lo que realmente estamos firmando. El abogado se asegurará de que lo que firmas es realmente la recuperación de la cantidad, no un nuevo canje, y que esté libre de condiciones oscuras. El acuerdo extrajudicial entra dentro de los honorarios de nuestro abogado porque parte de su trabajo es evitarnos ir a juicio, ya que así nuestro problema se soluciona antes sin esperar a una sentencia.

El que no se celebre un juicio no nos evitará abonarle al abogado el porcentaje pactado de la cantidad recuperada, porque recuperar el dinero mediante acuerdos es algo que entraba dentro del trato desde el principio.
El que nos llamen a nosotros directamente los del banco no significa que nuestro abogado no haya hecho nada. Lo que ocurre es que los del banco quieren hacer un lavado de imagen para que los clientes vuelvan a confiar en ellos, por eso intentan aparentar que llegan a un acuerdo con nosotros no porque haya una demanda, sino porque sale de ellos ser así de generosos. Si hay demanda, no podemos dudar de que el acuerdo será mucho más favorable para nosotros.
Hay casos en los que, sin haber interpuesto demanda, también están llamando para acuerdos, en vista de que el banco está perdiendo todos los juicios para evitar que les presenten más demandas. Pero se desconocen aún las condiciones en las que se presentan esos acuerdos, si son igual de favorables que aquellos acuerdos que surgen de la demanda o si descuentan cantidades generalizadamente. No sabemos todavía ni en qué  plazos, ni en qué condiciones dicen que devolverán el dinero, porque están llamando directamente a los clientes. 

No sabemos todavía qué ocurre en los casos en los que se presentó la demanda, si se hacen cargo o no de las costas del juicio.

Una de las consecuencias que pueden suceder es que, estando presentada la demanda, al llegar a un acuerdo ajeno al procedimiento judicial nos obliguen a desistir, y que con nuestro desistimiento el juez nos imponga las costas del juicio (cuya cuantía dependerá de la cantidad que estuviéramos reclamando, pero que normalmente superan los 1.000 €). Por eso en el acuerdo debe eximirse al cliente del pago de las costas y la única forma de estar seguros de ello es que un abogado revise el documento. No, no nos fiemos de lo que nos diga de palabra el señor simpático del banco. Ese señor ya colocó preferentes en otras ocasiones. Fiémonos de quienes son nuestros abogados, que defienden nuestros intereses, porque que el señor del banco defiende los intereses del banco.

Otra de las consecuencias es que tú te conformes con menos, cuando tu abogado puede conseguirte más. Hay, como decimos, acuerdos en los que no se ofrece el 100% de la cantidad reclamada, sino que nos quitan unos cuantos miles de euros porque sí. No lo permitas, pueden darte todo lo que te corresponde y no debes renunciar a ello.

Ten en cuenta que las condenas en juicio estaban dando la razón al cliente por el 100% del principal sin descontar intereses y obligando al banco a pagar las costas (normalmente cubre todo o casi todo lo que tienes que pagar de honorarios a tu abogado). Por eso, aunque te parezca un buen acuerdo, debes asegurarte de que lo es. Consulta a tu abogado, pregúntale qué hacer.


En resumen: Antes de firmar ese acuerdo, ¡acude a tu abogado!