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lunes, 18 de julio de 2016

La "penalización por ICP"


A priori, parece que tu factura de mercado regulado mola. Te están haciendo un descuento de 12,33 € por tener menos de 3 kw de potencia contratada y disfrutar del bono social...Pero, por si acaso, dale la vuelta a tu factura y fíjate en que no te estén cobrando la penalización por ICP, que incluyen dentro del concepto "por potencia contratada".




Para que lo veáis, os dejo una de las facturas que estoy reclamando vía judicial.
Se aprecia cómo en la factura de 120,18 € se está aplicando una penalización por ICP de 57,51 €

¿Qué es el ICP?

Es el INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA. En casa, si queremos encender varios electrodomésticos a la vez, a veces "salta el automático". Eso significa que has intentado utilizar más potencia de electricidad de la que tienes contratada, y el ICP lo impide cortándote la luz de forma automática (de ahí que coloquialmente se le llame "el automático"). Entonces apagamos el microondas, vamos al contador y subimos la clavija que se ha  bajado. Ese es tu interruptor de control de potencia.

Interruptor de Control de Potencia o "el automático"  instalado en el domicilio de las facturas que os enseñé antes.


¿Qué es la penalización por ICP?

Estás obligado a tener el interruptor instalado en tu casa, y es responsabilidad de la compañía distribuidora que así sea. En caso de que ni tú ni la compañía os hayáis puesto de acuerdo para instalarlo, se te penaliza, y no es nada barata ya que suele suponer el 50% de tu factura. Así que, si ves que no tienes instalado el ICP y te están penalizando, ¡Corre a tu compañía para que lo instalen cuanto antes!


El fraude de la penalización por ICP

Si bien esta penalización está regulada por nuestra normativa, en ocasiones NO SE ESTÁ PENALIZANDO CORRECTAMENTE, en especial en casas muy antiguas o el rural con 1.1 kw de potencia contratada, que sí tienen instalado el ICP pero la compañía hace igualmente el cargo de la penalización porque por algún motivo no salta el automático. Y esto no es problema tuyo, es problema de la compañía. Es decir, están penalizándote fraudulentamente porque, por decirlo de alguna forma, no les funciona el sistema de control de potencia a pesar de que tú sí has cumplido y lo tienes instalado. Tampoco tendrán demasiada prisa por corregir la situación ya que la mitad de la factura la engorda esta penalización, con lo que es altamente lucrativa.


¿Qué hago si me están penalizando fraudulentamente?

¡Reclamar! En caso de que te estuvieran cobrando fraudulentamente pocos meses, puedes presentar una hoja de reclamaciones y puede que se resuelva a través de consumo de forma rápida y sencilla, pero si llevan penalizándote toda la vida, a pesar de que sólo puedas reclamar las facturas de hace tres años hasta la actualidad, la cuantía puede ser elevadísima y yo, personalmente, prefiero ir al Juzgado para evitar problemas con las adhesiones a arbitraje (sólo Iberdrola está adherida a arbitraje de consumo y por lo tanto, las demás podrían negarse a someterse al arbitraje y no te quedan más narices que acabar pasando por el Juzgado -un rodeo, tiempo perdido-). 

Pero si tú no tienes ganas de gastarte dinero en un abogado, puedes intentar ir por consumo a ver si se adhiere tu compañía. Si se adhiere, recuerda llevar como medio de prueba al arbitraje fotos de tu cuadro eléctrico donde se vea claramente el ICP y las facturas que reclamas (suma el total para que el árbitro no tenga que hacerlo).


Personalmente creo que no se ofrece suficiente información al consumidor al respecto de la penalización por ICP de forma intencionada, especialmente tratándose del mercado regulado de la electricidad. No se refleja en la carilla principal sino que se incluye dentro de los costes de potencia contratada y por lo tanto, nadie se entera de qué es eso y qué hacer para cambiarlo. Debería marcarse en letras grandes, en rojo, algo más llamativo que incluirlo como un concepto más en el reverso de la factura con un asterisco que te remite a una letra pequeña, al pie de la factura, donde se te remite nuevamente a una Orden Ministerial para que la busques en Google y sepas lo que es. Es decir, les interesa que no sepas que te lo están cobrando porque se lucran una barbaridad.

Una barbaridad más que denunciamos en ¡Maldita Letra Pequeña! 



2 comentarios:

  1. Hola, Es necesario el ICP con los nuevos contadores? No funcionan estos como limitador?

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    Respuestas
    1. Hola Luis, le he ido a preguntar la cuestión a un electricista muy simpático al que sigo en twitter, Manuel Amate, y dice que el ICP ya viene incorporado a los contadores. Por lo tanto, entiendo que no es lo mismo, que el contador sólo "cuenta" el número de kw hora que consumes, y el limitador de potencia (ICP) "limita" el número de kw por hora que consumes. Y es necesario tener correctamente activado el ICP por lo tanto. Si tienes más dudas a este respecto, como es un asunto bastante técnico, te remito a https://twitter.com/DomoElectra

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