ACTUALIZADO A 20 DE MAYO DE 2014
Cuando llega la factura
de la luz no nos tomamos demasiadas molestias, vamos directamente al
importe total que es lo único
que sabemos que significa: lo que tenemos que pagar de luz ese mes.
A
continuación detallo los conceptos que siempre aparecen en las
facturas:
LA
TARIFA.
Debemos
saber que el mercado del suministro eléctrico está liberalizado
gracias a la Unión Europea. No obstante, todos los consumidores tenemos derecho a la “Tarifa de último recurso”(TUR) que desde el año 2014 pasa a ser el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), que es una tarifa regulada por la Administración cuyos precios no son fijados por las eléctricas. El PVPC es más barato que las tarifas del mercado libre aunque los comerciales de Iberdrola,
Endesa o Gas Natural traten de convencernos de todo lo contrario.
EL
TÉRMINO FIJO DE POTENCIA.
El
término fijo de potencia es la disponibilidad de potencia que
tenemos contratada. Esto, para que nos entendamos, significa por ejemplo poder tener encendido el horno, la lavadora, el microondas, y
dos deshumificadores sin que salte el automático... Cuantas más
cosas puedas tener encendidas sin que se vaya la luz, más alto será
el término fijo de potencia, y mayor será este coste. Por eso, un buen consejo para rebajar lo que pagamos de luz es bajar el término fijo de potencia si nunca llegamos a encender varios electrodomésticos simultáneamente. Para que nos hagamos una idea, lo normal en un hogar español con horno eléctrico, vitrocerámica, microondas, siempre que no tengas calefacción eléctrica ni termo, es tener contratados 3.45 kw de potencia. Si tienes termo, 4.6 kw, y si tienes calefacción eléctrica, dependiendo del número de radiadores, deberás tener entre 5.75 y 6.9 kw de potencia contratada. Echa un vistazo aquí para ampliar información.
LA
ENERGÍA
La
Energía es lo que consumimos de luz. Esto hasta ahora (verano del 2013) podía ser
“estimado” o “regularizado”. Un mes nadie venía a leerte el
contador y te cobraban a ojo, lo que se conocía como “estimado”, y
al mes siguiente un operario se pasaba a leer el contador y en la
factura se te cobraba tu consumo real . Esta ridiculez viene de que
desde la Unión Europea, entre otras cosas, hace algún tiempo
obligaron a cobrar la luz todos los meses, pero como en España las
compañías no se podían permitir más operarios, decidieron entre
todos dejar que siguieran yendo a leer los contadores cada dos
meses, y que un mes te cobrasen a ojo y otro tu consumo real.
No obstante cambió con la entrada en vigor del Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre para los contratos de menos de 15 kw. A partir de ahora, a no ser que expresamente deseemos lo contrario (lo dudo muchiiiiisimo) volverán a facturar cada dos meses con lecturas reales. Además, próximamente instalarán unos aparatitos que enviarán las lecturas de nuestros contadores telemáticamente para cobrarnos cada mes lecturas reales.
No obstante cambió con la entrada en vigor del Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre para los contratos de menos de 15 kw. A partir de ahora, a no ser que expresamente deseemos lo contrario (lo dudo muchiiiiisimo) volverán a facturar cada dos meses con lecturas reales. Además, próximamente instalarán unos aparatitos que enviarán las lecturas de nuestros contadores telemáticamente para cobrarnos cada mes lecturas reales.
EL
ALQUILER DE EQUIPOS
El
alquiler de equipo es básicamente el mantenimiento de todo lo que
necesitas para recibir la luz en tu casa. Si el contador es tuyo, esto no te lo deberían de estar cobrando. La ventaja de tener los equipos alquilados es que si se estropean, la compañía se ocupa del arreglo sin que esto tenga costes para ti, algo que no ocurre si es de tu propiedad.
EL IMPUESTO ELÉCTRICO
Nace en 1997 y se incorpora a los impuestos especiales de fabricación. Surge porque el Estado asumió, por imperativo comunitario, la financiación de la minería del carbón, y ahora lo pagamos entre todos a través de la factura de la luz.
EL IMPUESTO ELÉCTRICO
Nace en 1997 y se incorpora a los impuestos especiales de fabricación. Surge porque el Estado asumió, por imperativo comunitario, la financiación de la minería del carbón, y ahora lo pagamos entre todos a través de la factura de la luz.
EL
IVA.
Y por
último, pero no por ello menos importante, el IVA, que se aplica
también sobre este “impuesto eléctrico”. Sí, amigos: pagamos un impuesto de un impuesto.
OTROS CONCEPTOS:
-Término de potencia penalización por ICP: Se refiere a que no tienes todo dispuesto para que salte el automático si te pasas de la potencia contratada. Lo que te cobran es esa disponibilidad infinita de potencia, el poder encender muchos electrodomésticos a la vez sin que salte el automático nunca. Si te cobran por esto, debes comunicarle a tu compañía que quieres instalar el interruptor de control de potencia, porque como penalización que es, supone un sobrecoste en la factura que no compensa nunca.
-Derechos de actuación de equipos: Es lo que te cobran cuando te reenganchan la luz después de un impago, o cuando te precintan el contador, o cambias el término fijo de potencia, o desenganchas la línea, por ejemplo. De todas formas puedes pedir que te especifiquen qué es lo que te están cobrando en concreto, y no debería venirte más de una factura con este concepto.
-Servicios de mantenimiento: Significa que tienes contratado una especie de seguro por el cual, pagando una mensualidad, tienes asistencia técnica para resolver los problemas que pueda tener tu suministro. En domicilios particulares no compensa puesto que es más rentable llamar puntualmente a un técnico que pagar la mensualidad.
OTROS CONCEPTOS:
-Término de potencia penalización por ICP: Se refiere a que no tienes todo dispuesto para que salte el automático si te pasas de la potencia contratada. Lo que te cobran es esa disponibilidad infinita de potencia, el poder encender muchos electrodomésticos a la vez sin que salte el automático nunca. Si te cobran por esto, debes comunicarle a tu compañía que quieres instalar el interruptor de control de potencia, porque como penalización que es, supone un sobrecoste en la factura que no compensa nunca.
-Derechos de actuación de equipos: Es lo que te cobran cuando te reenganchan la luz después de un impago, o cuando te precintan el contador, o cambias el término fijo de potencia, o desenganchas la línea, por ejemplo. De todas formas puedes pedir que te especifiquen qué es lo que te están cobrando en concreto, y no debería venirte más de una factura con este concepto.
-Servicios de mantenimiento: Significa que tienes contratado una especie de seguro por el cual, pagando una mensualidad, tienes asistencia técnica para resolver los problemas que pueda tener tu suministro. En domicilios particulares no compensa puesto que es más rentable llamar puntualmente a un técnico que pagar la mensualidad.
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