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domingo, 30 de noviembre de 2014

¿Puedo modificar las condiciones de uso de Facebook?

"Aviso a Facebook de que prohíbo que utilice mis fotos,
 que son privadas,
 y que si lo hace contraviene lo dispuesto en legislaciónderogaoinventadadanúmero158/1960"



¿Quién no ha visto publicado alguna vez en el "estado" de un amigo algo parecido? Avisos de que no se aceptan ciertas condiciones de uso, restricciones a Facebook de la utilización de nuestros datos, fotos, las propias publicaciones, o incluso del acceso que la compañía pueda tener a todo lo enumerado.
Pues nada, en esta entrada te voy a explicar  por qué esos "estados de protección de datos y propiedad intelectual todoenuno" no valen para nada, y por qué, de valer para algo, no tendrían eficacia.

De por qué no vale para nada que yo deje constancia por escrito en mi estado de Facebook de lo que no acepto:

¿Recuerdas cuando te hiciste una cuenta en Facebook? Yo te refrescaré la memoria: Arriba del icono verde gigante que dice "Regístrate", aparece el siguiente mensajito:
Al hacer clic en "Regístrate", muestras tu conformidad con nuestras Condiciones y aceptas haber leído nuestra Política de uso de datos, incluida la sección sobre el uso de cookies.


Esto significa que te sometes expresamente (y no tácitamente, como dicen los que publican los "estados de protección de datos y propiedad intelectual todoenuno) a lo que Facebook decida sobre cómo se gestiona tu información (dentro de los límites legales) y que además das fe de que has leído y te has enterado de las condiciones a las que te sometes. De hecho si pinchases en las palabras marcadas en azul podrías hacerlo.

Lo que ocurre es que una vez que das tu consentimiento, no vale de mucho que a posteriori "rectifiques ciertas cosas que no te gustan". Esto es como un contrato de permanencia que firmas con Vodafone, no cabe negociarlo, ni antes, ni mucho menos después. Es lo mismo para todos, si lo aceptas todo, te damos el servicio, y si no quieres aceptar algo, no te lo damos.

En definitiva, se trata de condiciones que no son modificables, y menos aún unilateralmente por el usuario, a las que tienes acceso antes y durante el uso (y esto principalmente es lo que las hace válidas).


 De por qué (en el hipotético caso de que sirviera para algo) no tiene eficacia que escriba en mi propio "estado" mi rectificación de condiciones, aún cuando estén amparadas por legislación (si se diera el caso de que fuera aplicable).

Sobre todo, es cuestión de que Facebook pueda tener acceso a ellas, como tú tienes acceso a las condiciones impuestas por Facebook.


No tenemos forma de saber si la empresa ha llegado a conocer nuestra declaración o si ha pasado despercibida entre nuestras fotos de la boda del primo Josele y las publicaciones de canciones de Youtube ilustrativas de nuestro estado de ánimo. Falta lo que en Correos sería el acuse de recibo: un medio eficaz, fehaciente, de que te quede constancia de que le ha llegado a la contraparte aquello que quieres pedirle, para que puedas exigir que lo cumpla. Y es que nadie puede cumplir algo que no sabe que se le está pidiendo.

Pero a parte de esto, que no es poco, la mayoría de las veces lo que se anuncia es que no se quiere que Facebook husmee en el perfil, lo que yo encuentro una total contradicción, porque es esperar que Facebook acceda a tu perfil para tener constancia de ese anuncio y que luego deje de acceder. Si acaso, decir "de ahora en adelante", en fin, formalismos que den algo de coherencia a tus pretensiones. Ni que decir tiene que claro, anunciar en ese momento tal restricción, se puede interpretar como que hasta ese momento sí tenía tu permiso para husmear. 

Que no, en serio, que estas declaraciones a posteriori no hay por dónde cogerlas, y menos si están publicadas en un estado, entre un "hoy voy a la peluquería" y "jope, mierda de lluvia".


En resumen, que no puedes modificar las condiciones de uso. Lo único que puedes hacer es aceptarlas o no, pero siempre en bloque.

No obstante, como Facebook es una empresa tan moderna y quiere que sus usuarios sean súper felices, te dan la opción de que contactes con ella si algo no te gusta, a los meros efectos de que lo sepan, no de que se te modifiquen las condiciones, claro (como el buzón de sugerencias de Alcampo, para que te hagas una idea). Y dice así:
Si tienes preguntas o quejas en relación con nuestra política de uso de datos o nuestras prácticas, ponte en contacto con nosotros por correo postal. Si resides en EE. UU. o Canadá, nuestra dirección postal es Facebook Inc., 1601 Willow Road, Menlo Park, CA 94025. Si resides fuera de EE. UU. o Canadá, nuestra dirección postal es Facebook Ireland Ltd., Hanover Reach, 5-7 Hanover Quay, Dublin 2, Irlanda. También puedes ponerte en contacto con nosotros a través de esta página de ayuda
Como ves, tienen un equipo de redacción nada enrevesado. Las condiciones son muy fáciles de leer y entender, y te explican a qué tiene acceso Facebook de lo que tú publicas, que en resumen, es a todo.

Lo más importante es que si lo que quieres es que Facebook no tenga acceso a ciertas cosas, seas tú quien no las comparta en esta red social. 

Y eso, que no hagas caso de las cosas que circulan por Facebook, por mucha apariencia legal que tengan, o muy razonado que creas el argumento; que al igual que "la mejor respuesta" de "Yahoo-Respuestas", suelen ser, por norma general, gilipolleces.




martes, 18 de noviembre de 2014

Twitter, el nuevo servicio de atención al cliente de las empresas


(Actualizado a 18 de Abril de 2016)
Hasta ahora, lo peor de hacer gestiones con una empresa era contactar con ellas. Muchas veces, incluso con una oficina abierta cerca de tu casa, ciertas gestiones sólo se podían hacer por teléfono a través de números de tarificación adicional 901 y siguientes. Encima, nos atendía el contestador de la empresa en una interminable retahíla de opciones asociadas a un número: "si desea conocer las ventajas de nuestros servicios, marque tres". Como te dejaban un correo electrónico de contacto, la exigencia de la ley de que las empresas sin establecimientos abiertos al público proporcionasen un medio gratuito de comunicación para los clientes, estaba más que cumplida. Y encima, no había posibilidad de que tuviésemos copia del correo, porque lo que cubríamos no era más que un formulario en la propia página web y que "ya nos llamarían", sin llegar a tener la certeza de fuese recibido correctamente.

Como abogada, hago estas gestiones con empresas casi diariamente y llamar a los números de tarificación adicional es un coste inasumible. Si bien hay páginas web en las que puedes encontrar números equivalentes al 902 con prefijos caseros, son también sistemas automatizados, con lo que llegar al "le paso con un agente" siempre acaba llevando más de 10 minutos. Y que sea ese el agente que te facilite la información, sólo la providencia lo dispone.

Por eso estoy de celebración: Actualmente muchas multinacionales e incluso empresas de gestión municipal están dedicando recursos para atender las consultas de los consumidores a través de Twitter de una forma, además, pasmosamente eficiente. Telefonía móvil, suministros de luz y gas, electrodomésticos, aseguradoras...ninguna materia se queda fuera. En menos de dos horas la mayoría contestan que te pongas en contacto con ellas a través de mensaje privado, o en su caso, que les facilites información de contacto para que te llamen ellas, y esto en el peor de los casos, porque muchas veces te facilitan la solución directamente por escrito en respuesta a ese mensaje privado que envías.


Yo estoy encantada porque me ahorran horas al teléfono en mi trabajo, pero evidentemente me complace que cuando actúo como consumidora me atiendan de forma rápida, cómoda y eficaz.






Sin ir más lejos, la semana pasada llamé al servicio de gestión de aguas de mi ciudad, Santiago de Compostela, para que me explicaran la factura del agua, ya que la información que se ofrece en la página web es...escueta

Información de la página web VIAQUA

Para mi descontento, a través del teléfono de atención al cliente me respondieron que no sabían explicarme la factura, y que debía ir en persona a la oficina de donde resido. Les pedí el teléfono, a lo que se negaron justificándose en que "no atienden por teléfono".

Siguiendo mis hábitos de pregonar a bombo y platillo lo que opino de las empresas en redes sociales, busqué a VIAQUA en Twitter, les dejé mi queja y en menos de un día se pusieron en contacto conmigo para darme asistencia. Les facilité los datos y les aclaré la consulta que quería hacer. Hasta ahí, dentro de la línea. Me esperaba que me contestasen con un Tweet o que me pidiesen un teléfono de contacto para que cualquier teleoperadora de la empresa me llamase para explicármelo. Sin embargo, para mi sorpresa y satisfacción, tuvieron la iniciativa de llamarme sin pedirme más información, procurando por sí mismos localizar el teléfono de contacto relacionado con mi punto de suministro...en definitiva, evitarme molestias alejándose de las típicas dilaciones de "nos faltan datos".  La persona que contactó estaba al tanto de mis dudas y fue, con una paciencia admirable, explicándome punto por punto la factura.

Evidentemente, estoy encantada no sólo por cómo me trataron, sino porque ahora sí entiendo mi factura del agua (ya os la explicaré)

Enhorabuena, empresas, estáis haciendo un muy buen trabajo.







viernes, 17 de octubre de 2014

La trampa de las tarifas planas de luz y gas




¿Os suena este anuncio?



Nos lo venden como la tranquilidad de saber cuánto vamos a pagar al mes de electricidad y de gas. Aprovechan que el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor genera más incertidumbre que apostar al Euromillón para que parezca que es la tarifa más segura y estable del mundo. Además, casi todas las compañías la están ofreciendo. Pero, ¿habéis leído la maldita letra pequeña?

Siempre dije un rotundo NO a las tarifas planas. Es por algo muy sencillo: A final de año, se regulariza; y si bien mes a mes no tenemos sorpresas, nos la dan en diciembre, como regalo de Navidad.

¿Cómo funciona la tarifa plana de luz y gas?

Estiman más o menos el consumo que tienes al mes, y en función de eso, te asignan una tarifa concreta que se corresponde con un consumo exacto de kw concretos. 


Por ejemplo: 400 kw mensuales, 75 €.  Va un comercial a tu casa y te dice: en función de sus facturas, usted consume 400 kw mensuales de electricidad, con lo que le ofrezco la tarifa de 75 € al mes. Y ya está. Pagas 75€ al mes, porque supuestamente consumes siempre 400 kw.


¿Cuáles son las pegas a la tarifa plana de luz y gas?

Sería perfecto si no fuera por dos cosas:

1- Son precios del mercado libre, y el kw es más caro que en el mercado regulado (aunque los comerciales te digan que están al mismo precio, son susceptibles de variación por decisión unilateral de la empresa, a diferencia de lo que ocurre en el mercado regulado). Si no sabes qué es eso de mercado libre y mercado regulado, pincha aquí.

2-Que no consumes 400 kw al mes exactamente nunca.


¿Y si no consumo los kw estimados?

Con respecto a la segunda, siempre van a pasar dos cosas, porque es imposible calcular el número exacto de kw que vas a consumir:
1)Que consumas de más
2)Que consumas de menos

Si consumes de más, van a REGULARIZAR tu consumo. Es decir, van a ver si te has pasado de kw consumidos, y por supuesto, te los van a cobrar. Vamos, que se te acumulan las sorpresas de 11 meses del año en diciembre. Y sí, siempre, siempre, van a regularizar, porque no tienes que ser matemático, sino adivino, para calcular exactamente el número de kw que va a consumir tu nevera al mes. Y no hablamos sólo de la nevera: igual tienes que poner más la calefacción porque es un invierno muy frío, o el aire acondicionado en verano porque te achicharras de calor. Y ese exceso, se paga todo junto en diciembre, a precio de oro (a más de 26 céntimos el kw contra los 12-13 céntimos que ronda el kw en el mercado regulado)


Si consumes de menos, me pregunto qué pasa. En las condiciones particulares de contratación no dicen nada. Deberían decir que te devuelven la diferencia, pero no recogen ese supuesto, con lo que debo entender que su feliz idea es quedarse con lo cobrado de más. 


Dicen que te van a avisar cuando estés a punto de pasarte de consumo para evitar que sea una regularización muy costosa en diciembre o en su caso, nos pasemos a una tarifa más cara...y yo me pregunto de nuevo, ¿Con cuántos kw de antelación me van a avisar? ¡En las condiciones del contrato no se indica nada! Y si me avisan cuando me faltan 10 kw para llegar a mis 600 kw de cuota mensual, ya me puedo tomar el colacao de la nevera en lo que reste de mes, así sea invierno.


Y lo mismo con el gas.


Conclusión: Yo digo NO a la tarifa plana de luz y gas.

A vosotros, ¿os da tranquilidad? Mi opinión es que el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, dentro de lo malo, no es lo peor.



Para terminar, como a mí me gusta fundamentar todo lo que os cuento con evidencias, aquí tenéis la letra pequeña de GAS NATURAL FENOSA en la que os explican las condiciones que os acabo de comentar.  Os anticipo que las demás compañías también tienen el mismo sistema en las mismas condiciones (es lo que tienen los oligopolios).

CONDICIONES DE LA OFERTA:
(1) El importe de la tarifa plana únicamente incluye el término fijo y el término variable, para el gas, y el término de potencia y el término de energía, para la luz. Precios vigentes para contrataciones realizadas antes del 25/10/2014. Dichos precios se actualizarán trimestralmente y serán de aplicación, aquellos vigentes en el momento de la activación del contrato. Los precios no incluyen IVA, ni otros impuestos, ni otros conceptos regulados. Para Canarias no se aplica IVA, se añadirá el IGIC sobre el precio base. En caso de que el Cliente rebase el consumo anual máximo para la tarifa plana contratada se le aplicará el pago de un importe adicional sobre el exceso (€/kWh consumido en exceso). GNS informará previamente al Cliente cuando esté a punto de rebasar dicho consumo con el fin de que pueda cambiar de modalidad sin costes ni penalizaciones. | (2) Una vez al año se podrá solicitar un cambio a la modalidad del tramo superior o bien pagar el recargo calculado sobre los kWh excedidos. | (3) Para cada tarifa plana se establece una cuota fija mensual durante 12 mensualidades, una franja de consumo máximo anual (kWh/año) y un recargo en caso de exceso de consumo por encima de la franja contratada. (Tarifas planas de gas: precio por exceso de consumo de 0,12 €/kWh. Tarifas planas de luz: precio por exceso de consumo de 0,268 €/kWh.) | (4) Aplicable en la siguiente renovación.

jueves, 21 de agosto de 2014

Cómo devolver artículos comprados por internet

Como consumidores, cuando compramos por internet, por teléfono o a domicilio no siempre estamos seguros de que aquello que compramos vaya a cumplir con nuestras espectativas. La ley nos ampara para devolverlo, siempre y cuando no lo hayamos roto o estropeado, en un plazo de 14 días naturales (contando domingos y festivos) desde que lo hayamos recibido en casa. 

Recuerda que hay productos o servicios en los que no tienes este derecho, pincha aquí.




¿Qué significa el derecho de desistimiento

Significa poder devolver un producto que hemos comprado por internet, por teléfono, fuera de establecimiento mercantil (por ejemplo, ventas a domicilio) sencillamente porque hemos cambiado de idea. La consecuencia es que tú devuelves el producto o el servicio que contrataste, y la empresa te devuelve el dinero. 

¿Cómo se comunica el desistimiento?

Quien tiene que demostrar que ha desistido, es el consumidor. Por eso, no lo hagas por teléfono, hazlo por escrito. La costumbre jurídica es el envío de burofax, pero como es tan caro no compensa. ¿Lo ideal? Envíales un mail. Te dejo un modelo de desistimiento con los datos básicos aquí:

A la atención de EMPRESA EJEMPLO,
DIRECCIÓN: C/MODELO, Nº1, SANTIAGO DE COMPOSTELA (A CORUÑA)
Por la presente le comunico que desisto de mi contrato de venta del siguiente bien, ello dentro del plazo de 14 días naturales concedido al efecto:
Factura, referencia nº XXXXXXXX (aquí identificas el producto con las referencias que tengas)
Recibido el 14 DE NOVIEMBRE DE 2016

Atentamente, 
Josefina de las Mercedes
C/Supuesta, nº1, A Coruña (A Coruña)

En Santiago de Compostela, a 14 de Noviembre de 2016


Fdo: Josefina

Y después de decir que lo devuelvo, ¿qué?

La empresa se ocupará de recoger el producto de forma gratuita si te lo ha enviado a tu domicilio. ¡Ojo! Una cosa es que recoja el producto gratuitamente y otra que te devuelva también lo que pagaste por los costes de envío: Si la empresa indica que serán de tu cargo, no tienes derecho a la devolución de este importe.

Si lo has recogido en un establecimiento, tu obligación será llevarlo hasta allí de vuelta, sin que puedas reclamar lo que te haya costado llevarlo hasta allí, además de preservar el producto en perfectas condiciones para que la devolución pueda realizarse. 


¿Y cuánto tiempo tardan en devolverme el dinero?

La ley dice que desde que nosotros hacemos la comunicación, la empresa en 14 días naturales (contando sábados y domingos) nos tiene que devolver el dinero.

No obstante, las empresas hacen lo que les da la gana. Vodafone, por ejemplo, cuando activas un servicio de internet y desistes, te suelta un rollo patatero de que por los sistemas informáticos no pueden devolverte el dinero hasta la siguiente facturación, y te cobra el primer mes igualmente, ni catorce días ni nada.

Cuando se incumple el plazo de 14 días para la devolución del dinero por parte de la empresa, la ley dice que tenemos derecho a pedir que nos reintegren el doble de lo que pagamos. Pero seamos realistas, es tan sumamente latoso y tan lento el sistema arbitral que te conformas con que te devuelvan tu dinero y quedarte como estabas. Eso sí, si quieres reclamar, ¡Adelante!


La ley observa otros supuestos de compra a distancia y desistimiento, si quieres consultarlos, pincha aquí y ve al artículo 102 y siguientes.



lunes, 30 de junio de 2014

Comprar un móvil nuevo: La publicidad engañosa


La imaginación de las personas que trabajan en la publicidad de las compañías de telefonía móvil no tiene límites. Antes, nos ocultaban el precio final omitiendo que no incluía el IVA, con lo que el consumidor al recibir la factura se solía llevar una desagradable sorpresa. Cientos de reclamaciones más tarde, eso cambió y hoy por hoy se anuncia con pancartas que el IVA está incluido (porque la legislación les obliga, claro está) . 

La novedad viene con lo de comprar los terminales. Antaño regalaban los teléfonos para que nos cambiásemos de compañía, nos publicitaban un smartphone a 0 € a cambio de que contratásemos una tarifa de consumo de las más altas. Era justo: Ellos nos ofrecían un buen teléfono porque nosotros eramos clientes con los que obtendrían mucho beneficio. Ahora, como los terminales ni se regalan ni se subvencionan (descuento sobre el precio del teléfono para los que ya son clientes), sino que se financian (venta a plazos), para animarnos a adquirir los teléfonos nos hablan de un pago inicial, o un pago final, y cuotas de 24 meses para pagar el terminal en cómodas mensualidades.

Sin entrar a valorar lo innecesario de comprar un teléfono que vale incluso más que una lavadora, el problema de la venta de terminales lo he encontrado en Vodafone, en donde existe publicidad engañosa:
Cuando te anuncian los precios para comprar un iphone 5, lo hacen de la siguiente manera:

Por un lado, nos hablan de un "gasto mensual" que irremediablemente asociamos al consumo del servicio, esto es, el precio de la tarifa.

Y por otro lado, justo en la siguiente columna, tenemos el "coste del smartphone". Así, nos dan a entender que el teléfono cuesta 99 € si contratamos una tarifa smart s, en la que por el precio de 25,5 € durante los 6 primeros meses, y 34 €/mes el resto de la permanencia,  nos ofrecen 200 minutos a todos los operadores y 800 mb de internet.

Captura de pantalla de las tarifas para iphone 5


Comparando con los precios que ofrecen otras compañías para comprar un iphone, Vodafone parece ser de los más competitivos. Incluso una ganga.

La única forma de percatarse del engaño es seleccionar otro modelo de teléfono, de gama inferior, y observar que no sólo el coste del smartphone se reduce (algo que cabe esperar) sino  que también se reduce el gasto mensual, lo que entendemos por el coste de la tarifa: 200 minutos y 800 mb de internet a 19€/mes (vs. 34 €/mes de la misma tarifa comprando un iphone).



Captura de pantalla para las tarifas de un móvil casa vodafone


Podemos concluir que si tenemos un smartphone de gama alta y pagamos más por la tarifa que comprando un smartphone de gama baja, nos están cobrando el precio del smartphone de forma oculta incluyéndolo en la tarifa de consumo. Para que fuera transparente, debería indicarse  no sólo que la tarifa incluye "200 min a todos los operadores y 800 MB +cuotas mensuales de tu terminal", sino también el desglose de lo que pagas por cada cosa: "200 min a todos los operadores y 800 MB 19€+ cuotas mensuales de tu terminal 15€". 
El asunto es que no deberíamos tener que hacer cuentas para saber cuánto estamos pagando, sino que las empresas deben ser claras con lo que anuncian.


Si bien es verdad que otras compañías también facturan mensualmente el coste del smartphone, éstas lo indican con total transparencia. Por ejemplo, Yoigo especifica el precio de la tarifa, el tiempo de permanencia, el coste del terminal si se paga a tocateja, y el precio del terminal a plazos aclarando, además, lo que se paga en cada uno de los plazos y lo que se abona en el mes  25 como pago final.

Captura de pantalla para comprar un iphone 5 con tarifas de Yoigo.


Como siempre, toca leer la maldita letra pequeña y además, ponerse con las matemáticas. Pero tranquilo, si has comprado un teléfono móvil y has cambiado de idea, tienes 14 días desde que lo recibes para desistir, esto es, para cancelar la compra y que te devuelvan el dinero.



Nota: Las diferencias de precio del iphone 5 entre unas compañías y otras puede deberse a que son modelos de iphone5 diferentes.

lunes, 23 de junio de 2014

La otra carta informativa de Gas Natural Fenosa


Esta es la carta que debería habernos llegado a todos sobre los nuevos precios de la electricidad con la entrada en vigor del Real Decreto 216/2014.  Si te ha llegado otra diferente hablando de la tarifa "Óptima luz",  pincha aquí para ver el otro modelo y solucionar tu caso.


¿Qué me están diciendo con esta carta?


1) Que se modifica la forma de determinarse el precio del kw:  De este cambio no son responsables las compañías eléctricas, sino el Gobierno, que impuso un nuevo modelo eléctrico con el cual se ahorrarán ciertos costes. No supone un cambio sustancial para el consumidor, pero es obligación de la compañía mantenerte informado. ¿Que qué ha cambiado en concreto? Antes, a través de las subastas CESUR se fijaba un precio estable del kw durante tres meses. Tras el escándalo de la subasta de diciembre en el que manifiestamente hubo manipulación (se abrió expediente a Iberdrola como principal responsable),  el Gobierno eliminó el sistema de subastas CESUR e ideó una serie de reglas aritméticas conforme a las cuales la oferta y la demanda de electricidad (el mercado eléctrico) determinarán el precio del kw, lo cual es algo más transparente de cara a los consumidores. 

2) Que la compañía tiene tres meses para adaptarse al cambio: El nuevo sistema se implantó deprisa y corriendo, en sólo cuatro meses, y las compañías no dieron a basto. Así, aunque entró en vigor el nuevo sistema ya en Abril, a las compañías no les ha dado tiempo a adaptarse al nuevo sistema (como era de esperar), y la Administración les ha concedido un plazo de tres meses más para que se adapten. Entre tanto, siguen aplicando un precio provisional determinado por el Gobierno.


3) Que nos van a devolver dinero: Como la última subasta CESUR se anuló, el Gobierno tuvo que inventarse un precio por kw para que las empresas eléctricas pudieran facturar nuestro consumo. Como no se puede saber a priori cuál es el precio real de la electricidad, una vez que se supo meses después, se concluyó que el precio real había sido inferior al precio ficticio inventado por el Gobierno, motivo por el cual las compañías nos van a devolver lo facturado de más. Era muy difícil dar justo con el precio del kw, tan cambiante, y que saliera a devolver a los consumidores fue algo predeterminado para que se pudiera ajustar cuentas con mayor comodidad y menor revuelo ciudadano. Para saber más, pincha en este enlace: ¿Por qué nos van a devolver dinero las eléctricas?


4) Que hay dos alternativas al nuevo modelo de fijación de precio, y aunque esto no lo dicen, se corresponden con el mercado libre y no con el mercado regulado: Una tarifa plana (el precio del kw lo determina directamente la compañía eléctrica) o una negociación individual con las comercializadoras de mercado libre del precio del kw (cuyo precio, no nos engañemos, también determinará la compañía eléctrica).


Conclusiones:

Está más que demostrado que el precio del mercado regulado es más económico que el precio del mercado libre, por lo tanto, las alternativas al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) que nos ofrecen no son recomendables.

Si quieres saber más sobre el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, pincha aquí.

Si quieres saber más sobre el mercado libre y el mercado regulado, pincha aquí.




miércoles, 11 de junio de 2014

¿Mercado libre o mercado regulado de la luz y gas?

Van de puerta en puerta ofreciendo súper ofertas y descuentos que nos harán ahorrar en nuestras tarifas de gas y luz. Son los comerciales de las compañías eléctricas y gas, que nos cambian del mercado regulado al mercado libre sin que siquiera nos demos cuenta. Lo peor es que la CNMC acaba de constatar que entre julio del 2015 y junio del 2016 ninguna de las ofertas en el mercado libre dirigidas a consumidores con derecho a PVPC fue más barata que las del precio regulado. De hecho, la propuesta más asequible de las primeras suponía 32 euros más que la segunda.

¡Es muy importante tener tarifa del mercado regulado en nuestras casas para ahorrar lo máximo posible en la factura!

En este video explico con un gráfico qué es eso de los dos mercados de la electricidad y el gas






¿Por qué es importante saber si estoy en el mercado regulado o en el mercado libre?

El mercado de la electricidad está "semi-intervenido" por el Gobierno desde 2009, que hasta ese año era completamente regulado. Se decidió liberalizar el mercado para que pudiese haber libre competencia, pero manteniendo la intervención en los precios para el consumo en potencias contratadas de menos de 10 kw (lo normal es que tengas entre 3 y 5 kw de potencia contratada) a fin de impedir que un oligopolio eléctrico exprimiese al pequeño consumidor en las facturas; es decir, existe un MERCADO LIBRE, donde los precios se fijan por las compañías libremente y un MERCADO REGULADO, donde el pequeño consumidor disfruta de cierta protección.

Por su parte, las grandes compañías van de puerta en puerta para que, prometiéndonos descuentos, nos pasemos al mercado libre, donde las tarifas son más caras que en el mercado regulado.

A las compañías no les interesa que el consumidor diferencie entre MERCADO LIBRE y MERCADO REGULADO porque así es más sencillo que se realicen contrataciones de mercado libre, donde realmente se lucran vendiendo electricidad.

Los precios de las tarifas reguladas por la Administración o intervenidos (el mercado regulado) son más económicos que los precios fijados por las compañías (el mercado libre), a pesar de las ofertas que hagan, los combos, los descuentos y demás.


¿Cómo sé si estoy en el mercado regulado o en el mercado libre?

Nos tenemos que fijar en dos cosas: el tipo de tarifa (PVPC es tarifa de mercado regulado) y la denominación social de la empresa.

1. Al respecto del tipo de tarifa: Precio Voluntario al Pequeño Consumidor es una tarifa ideada en el año 2014 a fin de bajar los costes de aseguramiento (que el precio del kw no variase durante tres meses tenía un coste) y en consecuencia, los precios varían por horas. Aún así, por mucho que suba el precio del kw en el mercado regulado, siempre va a ser más barato que un precio fijo del mercado libre. Busca en tu factura el nombre de tu tarifa, y si no estás seguro, fíjate en la denominación social que te explico a continuación.

2. Al respecto de la denominación social de la empresa:
Sólo las compañías de último recurso pueden ofrecernos la tarifa regulada. El problema es que utilizan el mismo nombre cuando actúan como comercializadoras de mercado libre. Además, comparten logotipo, diseño de las facturas y ofertan tarifas de mercado regulado a veces sin hacer una clara diferenciación con las de mercado libre, lo que  hace muy difícil distinguirlas, y en consecuencia, muchos consumidores desconocen si están en el mercado regulado o en el mercado libre .

En las facturas no se refleja con claridad el tipo de tarifa que se nos aplica. Lo ideal sería que todas las facturas de mercado regulado fueran iguales y con las mismas nomenclaturas, pero por desgracia cada compañía plasma en la factura un nombre diferente para algunos de los conceptos, incluido el del tipo de tarifa (que algunas compañías directamente omiten).

Para saber si estamos o no en el mercado regulado nos tenemos que fijar en la compañía que nos está facturando.

Para distinguirlas, debemos prestar atención a la denominación social a pie de página de la factura, o en alguno de sus bordes. Vamos a comparar cómo se denominan las comercializadoras de último recurso con las del mercado libre para ver las diferencias:



He aquí las denominaciones sociales de las comercializadoras de último recurso:

  1. GAS NATURAL S.U.R. SDG, S.A.
  2. ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U.
  3. IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.
  4. EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.
  5. E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L.

Y aquí cómo se denominan cuando son comercializadoras de mercado libre:
  1. GAS NATURAL SERVICIOS, SDG, S.A.
  2. ENDESA ENERGÍA S.A.U.
  3. IBERDROLA GENERACIÓN S.A.U.
  4. EDP mercado libre, pincha aquí para conocerla http://www.edpenergia.es/es/hogares/gas-y-electricidad/precios/mercado-libre/
  5. EON ENERGÍA S.L.


Reitero, en las cartas que nos envían no aclaran la denominación completa, ponen sólo "Gas Natural Fenosa", "Iberdrola", "Endesa", etc. 





¿Existe una tarifa de último recurso regulada por la Administración también para el gas o tengo que estar en el mercado libre?

Sí, existe una tarifa de último recurso también para gas. Que no te engañen en las oficinas de tu comercializadora habitual (si lo digo es porque ya lo han hecho a personas que me han consultado a mí sobre el tema). Pincha aquí para verla (al igual que otras tarifas reguladas por la administración, los precios son los mismos en todas las comercializadoras de último recurso de gas).

En este enlace podrás conocer las comercializadoras de mercado regulado del gas

¿Cómo hago para cambiarme al mercado regulado?

Basta con que lo contrates por teléfono. Has de llamar a tu comercializadora de mercado libre para enterarte cuál es la compañía de último "recurso" o "mercado regulado" que da servicio en tu localidad.  En este video te enseño cómo se hace una llamada REAL para cambiar de comercializadora (por ser Galicia, la comercializadora de referencia (mercado regulado) es Gas Natural Fenosa : 





¿Es cierto que podemos ahorrar con las ofertas de gas y electricidad del mercado libre?


No. Existen tarifas reguladas por la Administración que son siempre más económicas que las que nos ofrecen los comerciales en el mercado libre. 

El problema es que los comerciales no informan cuando ofrecen sus ofertas de que se tratan de tarifas del mercado libre, que son más caras que las del mercado regulado, muchas veces el cambio se hace junto con la unificación de la factura de la luz y el gas, con descuentos que en realidad son irrisorios y no compensan el sobrecoste del mercado libre; no informan del precio por kw, ni del término fijo de potencia, no los comparan con las tarifas reguladas porque suelen ser más caros, no informan de que los descuentos a veces no se aplican sobre el total de la factura, sino sobre uno de los conceptos y no informan en el caso de que el descuento sea sólo temporal. Ellos tienen mucha labia, están delante de la puerta de nuestra casa para cubrir nuestros datos y hacernos firmar. 

Además, a veces contratan servicios adicionales de mantenimiento que son muy costosos y totalmente prescindibles sin informarnos, de una forma tan fácil como marcar una casilla más.

Mi recomendación es que nunca se contrate con comerciales a domicilio. Recibirás una información más veraz y ajustada a tus necesidades en la propia oficina de la compañía.

jueves, 5 de junio de 2014

Cosas a tener en cuenta antes de firmar un acuerdo en el banco por preferentes o subordinadas


A los abogados que lean esto, les sonará la cantinela de estar negociando arduamente con la parte contraria, preparar durante semanas la más irrefutable y mejor demanda del mundo, que la presentes, y antes de la contestación que un buen día te llame el cliente y te suelte "mira, que hablé con el banco, y ya lo arreglé yo".

Novacaixagaliciabancodetodoslossantos está llamando directamente a las personas que tienen preferentes y subordinadas para ofrecerles acuerdos, ignorando a quienes defienden sus intereses y presentan las demandas, los abogados. Me preocupa, y me preocupa mucho, porque los clientes no entienden los riesgos que pueden suponer ignorar las recomendaciones de su abogado, o no dejarle leer el acuerdo que van a firmar con el banco pensando que quizás así se ahorren pagar los honorarios.

¿Por qué tengo que pagar al abogado si el Banco llega a acuerdos con todo el mundo?

Si llegamos a este punto de la historia interminable de preferentes y subordinadas, fue porque diferentes entidades lucharon en los juzgados por los intereses de los preferentistas. A día de hoy, al Banco no le queda otro remedio que evitar el juicio porque lleva las de perder.

No obstante, no podemos olvidar que nosotros celebramos un contrato con el abogado, y que presentada la demanda, no se puede discutir que nuestro acuerdo en concreto no tenga que ver con ésta sólo porque haya gente que no la presentó y también la hayan llamado. Además, el compromiso a la hora de presentar la demanda es mutuo, tanto del abogado para defender los intereses del cliente, como del cliente a la hora de satisfacer sus honorarios. Presentada la demanda, no se puede regatear lo que le pagamos y no se puede decidir prescindir de nuestro abogado para aceptar un acuerdo sólo porque nos convenga cuando los vientos soplan a favor.

Siempre que se reclama una cantidad, la incertidumbre de recuperarla o no recuperarla es elevada. Por eso decidimos contratar a un abogado, para que él negocie y en su caso, pleitee por nosotros. Pero contratar a un abogado y celebrar acuerdos a sus espaldas para evitar pagarle los honorarios una vez que éste presentó la demanda, es como contratar a una compañía de seguros y pedir que nos devuelva el dinero al finalizar el contrato porque no hubo ningún siniestro.


¿Por qué debo consultar a mi abogado antes de firmar?

Firmar acuerdos con el banco sin la supervisión de un abogado es arriesgado. Ya nos colocaron preferentes una vez, ¿os acordáis? Si tienes contratado a un abogado para que te lleve el asunto, pídele que revise lo que vas a firmar. No olvidemos que una cosa es lo que nos digan en el banco y otra cosa es lo que realmente estamos firmando. El abogado se asegurará de que lo que firmas es realmente la recuperación de la cantidad, no un nuevo canje, y que esté libre de condiciones oscuras. El acuerdo extrajudicial entra dentro de los honorarios de nuestro abogado porque parte de su trabajo es evitarnos ir a juicio, ya que así nuestro problema se soluciona antes sin esperar a una sentencia.

El que no se celebre un juicio no nos evitará abonarle al abogado el porcentaje pactado de la cantidad recuperada, porque recuperar el dinero mediante acuerdos es algo que entraba dentro del trato desde el principio.
El que nos llamen a nosotros directamente los del banco no significa que nuestro abogado no haya hecho nada. Lo que ocurre es que los del banco quieren hacer un lavado de imagen para que los clientes vuelvan a confiar en ellos, por eso intentan aparentar que llegan a un acuerdo con nosotros no porque haya una demanda, sino porque sale de ellos ser así de generosos. Si hay demanda, no podemos dudar de que el acuerdo será mucho más favorable para nosotros.
Hay casos en los que, sin haber interpuesto demanda, también están llamando para acuerdos, en vista de que el banco está perdiendo todos los juicios para evitar que les presenten más demandas. Pero se desconocen aún las condiciones en las que se presentan esos acuerdos, si son igual de favorables que aquellos acuerdos que surgen de la demanda o si descuentan cantidades generalizadamente. No sabemos todavía ni en qué  plazos, ni en qué condiciones dicen que devolverán el dinero, porque están llamando directamente a los clientes. 

No sabemos todavía qué ocurre en los casos en los que se presentó la demanda, si se hacen cargo o no de las costas del juicio.

Una de las consecuencias que pueden suceder es que, estando presentada la demanda, al llegar a un acuerdo ajeno al procedimiento judicial nos obliguen a desistir, y que con nuestro desistimiento el juez nos imponga las costas del juicio (cuya cuantía dependerá de la cantidad que estuviéramos reclamando, pero que normalmente superan los 1.000 €). Por eso en el acuerdo debe eximirse al cliente del pago de las costas y la única forma de estar seguros de ello es que un abogado revise el documento. No, no nos fiemos de lo que nos diga de palabra el señor simpático del banco. Ese señor ya colocó preferentes en otras ocasiones. Fiémonos de quienes son nuestros abogados, que defienden nuestros intereses, porque que el señor del banco defiende los intereses del banco.

Otra de las consecuencias es que tú te conformes con menos, cuando tu abogado puede conseguirte más. Hay, como decimos, acuerdos en los que no se ofrece el 100% de la cantidad reclamada, sino que nos quitan unos cuantos miles de euros porque sí. No lo permitas, pueden darte todo lo que te corresponde y no debes renunciar a ello.

Ten en cuenta que las condenas en juicio estaban dando la razón al cliente por el 100% del principal sin descontar intereses y obligando al banco a pagar las costas (normalmente cubre todo o casi todo lo que tienes que pagar de honorarios a tu abogado). Por eso, aunque te parezca un buen acuerdo, debes asegurarte de que lo es. Consulta a tu abogado, pregúntale qué hacer.


En resumen: Antes de firmar ese acuerdo, ¡acude a tu abogado!












miércoles, 28 de mayo de 2014

El Bono Social



¿Qué es el BONO SOCIAL?

El bono social es una tarifa súper reducida de electricidad, destinada a colectivos vulnerables o personas que tengan menos de 3 kw de potencia contratada en su hogar. Con la reforma de enero de 2014, en lugar de facturarse tarifas congeladas desde el año 2009, lo que van a hacer es facturar el precio actual pero aplicando un 25% de descuento. 

El bono social, desde la reforma eléctrica de enero de 2014, se llama "tarifa de último recurso", pero como es una denominación muy reciente, en esta explicación vamos a seguir refiriéndonos a él como "bono social".


¿Tengo derecho yo al BONO SOCIAL?

Sí, siempre que cumplas alguna de estas dos condiciones:

-Tengas una potencia contratada de menos de 3kw de potencia en tu hogar (no cuentan segundas residencias).

o

-Seas parte de un colectivo vulnerable, independientemente de la potencia contratada que tengas (que puede ser superior a 3 kw, pero siempre debe ser inferior a 10 kw). Se entiende por colectivos vulnerables:
  1. Pensionistas con prestación mínima.
  2. Familias numerosas (más de tres miembros).
  3. Familias con todos sus miembros en desempleo.


¡Cumplo alguno de esos requisitos! ¿Cómo puedo pedirlo?

Si tienes una potencia contratada de menos de 3kw se te aplica automáticamente el bono social y no tienes que pedirlo. Un buen consejo es que si tienes 3.3 kw de potencia y nunca te ha saltado el automático, reduzcas la potencia contratada a 2.2 kw (o el margen que te ofrezca la compañía por debajo de 3kw) para disfrutar del 25% de descuento.


Si eres parte de un colectivo vulnerable, mi consejo es que solicites el bono social en la oficina habitual donde tengas contratado el suministro eléctrico. Se puede pedir por fax o correo electrónico, pero como hay que dirigirse a la distribuidora y no a la comercializadora para la solicitud, es mejor que nos indiquen quién es nuestra distribuidora en la oficina para luego dirigirnos a ella con la solicitud y que nos informen cómo hacerlo.


¿Tiene límite de tiempo el BONO SOCIAL?

Si tienes potencia contratada de menos de 3kw, la aplicación del bono social es ilimitada y automática.

Si eres parte de un colectivo vulnerable, se te aplica por un plazo de dos años desde tu solicitud. Pasado ese tiempo, tienes que volver a solicitarla acreditando que, de ser así, continúas formando parte de un colectivo vulnerable.

En caso de que dejes de formar parte de un colectivo vulnerable, bien por la emancipación de alguno de tus hijos, bien porque encuentras empleo, debes comunicar a tu compañía eléctrica que ya no cumples con los requisitos, y mejor que sea por escrito, para que dejen de aplicarte el bono social. 

En caso de que no lo hagamos, si se dan cuenta de que ya no cumplimos los requisitos, podrían PENALIZARNOS, refacturándonos todas las facturas desde que dejamos de ser un colectivo vulnerable hasta la actualidad conforme el precio normal de la electricidad MÁS un recargo del 10%.


¿Qué documentación tengo que presentar?

Si tienes potencia contratada de menos de 3kw, ninguna.
Si formas parte de un colectivo vulnerable, en este enlace encontrarás la información que necesitas para presentar tu solicitud (página del Ministerio de Industria, Energía y Turismo).







martes, 20 de mayo de 2014

Seis condiciones de uso de Populetic a las que prestar atención

Ha nacido en internet Populetic, que dicen ser “la Red Social que te ayuda a solucionar tu reclamación con cualquier empresa o administración. Más que un canal de reclamaciones, un canal de soluciones.”

La idea de que haya una red social mediante la cual sea más fácil conocer los fraudes por internet y aquellos que llevan a cabo las empresas, me gusta. Y me gusta mucho. Es como una especie de tripadvisor del consumidor, podemos consultar esta web antes de contratar cualquier servicio para asegurarnos de que todo va a salir bien, que nadie ha tenido problemas con la empresa que estamos barajando.

Lo que no me gusta del todo es ese alarde de “solucionamos tu reclamación”. Existen entes públicos que ya hacen esa labor de forma gratuita y muy efectiva ya que pueden sancionar a las empresas por sus incumplimientos. Se llaman “Institutos de Consumo”, pueden ser tanto provinciales, autonómicos, como estatales, y lo que hacen, además del asesoramiento gratuíto al consumidor, se conoce como “mediación y arbitraje”. 

Hasta donde he alcanzado a entender, POPULETIC es sólo un mediador, pero un mediador no como puede serlo un abogado o una asociación de consumidores, quienes conocen estrategias de negociación y celebran reuniones, sino que se limita a mandar mensajitos por facebook o twitter a las empresas diciendo que hay alguien que se ha quejado en su web

Puede que haya empresas que hagan caso de estas reclamaciones porque son públicas y podría darles mala imagen no resolver el problema, pero el uso de esta web tiene una serie de condiciones que creo que es importante que se tengan en cuenta antes de decidir registrarnos y publicar nuestro caso, ya que incurrimos en serias responsabilidades y no es en absoluto anónimo. Una vez más, esa maldita letra pequeña.

Tened en cuenta de que esto que os explico es fruto de mi interpretación. De todas formas, os transcribo los fragmentos para que saquéis vuestras propias conclusiones.


Nuestro análisis se centra en las condiciones de uso a fecha de 20 de mayo de 2014, pero las mismas se encabezan con este enunciado: 
Populetic se reserva el derecho de modificar estas Condiciones en cualquier momento sin previo aviso, circunstancia de la que se informará específicamente a los usuarios registrados mediante correo electrónico. El acceso al Sitio y el uso continuado del Servicio implica la aceptación de las modificaciones de estas Condiciones.

Por lo tanto, aunque estés conforme con las condiciones hoy, puede ser que las cambien mañana y que sólo te informen a posteriori (sin indicar plazo máximo en el que cumplirán con su deber de información). Además, existe una aceptación tácita de las condiciones, lo que exige un elevada responsabilidad de mantenerse informado por parte del usuario.

Aquí van las condiciones que más me han llamado la atención:

1)

1.5 El contenido que tú publicas en el Sitio o a través del Servicio es tuyo, como titular de los derechos de propiedad intelectual que tengas sobre ese contenido. Los usuarios conceden a Populetic una licencia de explotación de sus “ posts”, no exclusiva, irrevocable, libre de cargas para todo el mundo, por todo el tiempo permitido por la Ley, y para cualquier uso, bajo los términos de la licencia Creative Commons Attribution 3.0 España. Esta licencia no se aplica a los materiales accesorios que subes al Sitio (adjuntos a tus “ posts”), respecto de los cuales nos concedes una licencia no exclusiva, libre de derechos de autor, irrevocable y con alcance mundial y para la máxima duración de los derechos, para reproducir, comunicar públicamente y distribuirlos, a los efectos de (i) mostrarlos en el Sitio o (ii) comunicarlos electrónicamente o por otros medios a otros usuarios a través del Servicio conforme tus instrucciones, que se desprenden de la configuración de tu cuenta y de los parámetros de tus contenidos. 


Esta licencia seguirá vigente incluso cuando dejes de usar nuestros Servicios.

La primera pega de esta cláusula es que nos remiten a la licencia “Creative Commons Attribution 3.0 España” para delimitar en qué condiciones permitimos que exploten la información que publicamos. Para mi gusto, no tiene la transparencia necesaria, están utilizando nuestros datos y no sabemos cómo. Deberían relatar de forma clara cuáles son esas condiciones, en qué consiste esa licencia y cuanto menos, un link en el que ampliar esa información, ya que para dar con Creative Commons Attribution tuve que buscarlo en Google, algo en principio sencillo pero sin validez en materia de consumidores.

Para rematar, aunque dejemos de usar los servicios la licencia seguirá vigente; pero ¿y si me doy de baja? ¿También sigue vigente? ¿Por cuanto tiempo tienen derecho a explotar lo que hemos publicado? Esto tiene relevancia a efectos de que, como veremos más adelante en el apartado 5), esta información puede aparecer en los motores de búsqueda (Google). Es decir, te obligan a dar tus datos personales reales, y en consecuencia alguien que ponga tu nombre y apellidos en Google puede encontrar que tienes una reclamación publicada en POPULETIC.

2)

Existe un importante desequilibrio entre las partes:

POPULETIC limita su responsabilidad, quiere decir que como mucho, si tienes algún problema con ellos, te indemnizarán como máximo con la cantidad que hayas pagado a Populetic (¿no era totalmente gratuito?) y como mucho, con mil euros (o sea, que si pagaste dos mil euros, ellos te indemnizarán sólo con mil):

La responsabilidad de Populetic hacia el usuario por cualquier causa, y sin importar la forma de la acción, en todo momento se limita a la cantidad pagada, en su caso, por ti a Populetic por el servicio prestado durante el plazo en el que hayas sido usuario del sitio web, pero en ningún caso la responsabilidad de la compañía excederá los 1000 euros.

Pero la tuya no se encuentra limitada, ni en cantidad de dinero ni en número de empleados a los que indemnizar, y además de que se autoexcluyen de cualquier responsabilidad, tienes que correr con los gastos incluso de sus abogados si fuera el caso de que tuvieran un problema con alguien (previsiblemente una empresa que les demanda) por culpa de lo que tú publicaste en su web:

Tú aceptas indemnizar y mantener a Populetic, sus subsidiarias y filiales, y cada uno de sus directores, agentes, contratistas, socios y empleados, indemnes de y contra cualquier pérdida, responsabilidad, reclamación, demanda, daños, costos y gastos, incluyendo honorarios razonables de abogados, que surjan de o en conexión con cualquier Contenido de Usuario, cualquier Contenido de Tercero que publiques o compartas a través del Servicio, tu uso del Servicio o el Sitio, tu conducta en relación con el Servicio o el Sitio o con otros Usuarios del Servicio o el Sitio, o cualquier violación de estas Condiciones o de cualquier ley o los derechos de cualquier tercero.

3)

Ni que decir tiene que te mandan a Sabadell a pleitear:

 1.17 Ley aplicable y jurisdicción. 

Salvo que el derecho de obligado cumplimiento disponga otra cosa a favor del usuario, (a) estas Condiciones y la relación entre el usuario y Populetic se sujeten al ordenamiento jurídico español y (b) Populetic y el usuario, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Sabadell (España).

Pero tranquilos, que esto es directamente nulo. El juzgado competente ya que eres un consumidor, puede ser el de tu residencia habitual.


4)

Continúan diciendo que (a pesar de que previamente te exigen que vuelques todos tus datos de carácter personal reales) renuncian a la obligación de garantizar la seguridad de los datos que ingresas en la web. Eso sí, si tienen constancia de que hubo una violación de seguridad, INTENTARÁN notificártelo por email.

Hemos adoptado medidas técnicas y organizativas para preservar y proteger su información personal del uso y acceso no autorizado, así como de su alteración, pérdida o uso indebido, teniendo en cuenta los últimos avances tecnológicos, las características de la información almacenada y los riesgos a los que se expone la misma.
Sin embrago, debido al carácter de la información y la tecnología asociada, no podemos asegurar o garantizar la seguridad de su información personal y renunciamos expresamente a dicha obligación. Si tuviésemos constancia de una violación de seguridad, intentaremos notificarle al respecto por correo electrónico para que pueda adoptar las medidas oportunas.
5)

Mucho cuidadito con adherirse a casos alegremente. Tu información se enviará al particular que creó el caso y al destinatario de la reclamación. Además, consientes que se divulguen tus datos en la web, motores de búsqueda (Google) y “otras organizaciones que ofrecen actividades de archivo”. Como consecuencia, entre otras, si alguien busca tu nombre en Google es posible que le aparezca lo que hayas escrito en Populetic.

Si te adhieres a un caso, debes tener en cuenta que tu información personal será entregada al destinatario y/o al creador del caso, ya sea electrónicamente, o por escrito;
Ten en cuenta que consientes la divulgación de tu nombre, ciudad, y un enlace a tu perfil de usuario en Populetic en la página de destino del caso, lo que indica que te has adherido a dicho caso. Esa información será visible para cualquier visitante de nuestro sitio web, incluyendo los motores de búsqueda y otras organizaciones que ofrecen actividades de archivo de Internet.
Además, los motores de búsqueda y otros sitios web no afiliados con Populetic pueden archivar o poner a disposición del público la información que aparece en nuestra página web.
6)

Y para rematar, que no falte la propaganda y el spam. Te dicen que das tu consentimiento para recibir información mediante llamadas al teléfono móvil (así como por otros medios), no sólo de POPULETIC sino de otras empresas a las que POPULETIC ceda tu información, sin especificar cuáles ni en qué condiciones:

Al marcar la casilla en el formulario de registro, estás también dando tu consentimiento expreso para recibir información de Populetic por vías tales como:la propia plataforma social Populetic,mensajes que enviemos por medios electrónicos a tu cuenta de correo electrónico,mensajes SMS, MMS o llamadas a tu teléfono móvil, así como por correo postal.
Asimismo, al utilizar el Servicio, verás información, promociones y ofertas de terceras organizaciones y empresas con las que Populetic colabora.


Es llamativo que una web nacida para la defensa de los consumidores tenga cláusulas al puro estilo bancario. Vale que todos barramos para nuestra casa, pero dados los fines de esta web resulta paradójico que sean especialmente abusivas las condiciones de uso. 

¿Mi recomendación? Mejor acude a una OMIC, asociación de consumidores o Instituto de Consumo de tu provincia, al menos allí respetarán tus datos personales y desde luego no cargarás con las responsabilidades que en esta web te imponen.