Ayúdanos a crecer

Sólo hablamos de casos reales. Difundiendo contenidos, ayudas a que crezcamos.

Mostrando entradas con la etiqueta hoja de reclamaciones. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta hoja de reclamaciones. Mostrar todas las entradas

viernes, 9 de junio de 2017

Hojas de reclamaciones y abogados

Mala defensa de los derechos de los consumidores haría si no explicase cómo pueden defenderse los ciudadanos de la maldita letra pequeña de los abogados.

La peculiaridad es que no estamos sometidos a "Consumo", como otros establecimientos abiertos al público, por mucho que nuestros clientes ostenten la calificación de consumidores.




¿Por qué los abogados no tenemos hoja de reclamaciones ni Consumo nos supervisa?

Porque nosotros ya tenemos un ente que defiende los derechos de los ciudadanos, sean consumidores o no: El Colegio de Abogados.

En el Colegio de Abogados los ciudadanos pueden recibir la información necesaria sobre el abogado de oficio, la justicia gratuita, y además se gestionarán todas las reclamaciones contra el profesional que se sospeche que no haya actuado con diligencia. 

Debéis saber que, además del tirón de orejas correspondiente de nuestro Colegio con la sanción pertinente, podéis acudir a los tribunales para solicitar responsabilidad civil y una indemnización, si es que, por las buenas, el abogado no reconociera su error ni diera parte al seguro para gestionaros la indemnización que os correspondiera.

El Derecho os ofrece herramientas para defenderos de los abusos de todo tipo de profesionales, incluso de los propios abogados. Por eso es importante que os fijéis a qué Colegio pertenece el abogado que os lleva el asunto ya que, si algo sale mal, será ese Colegio el que os informe de todo y el que discipline al abogado. 


¿ Cuándo puedo reclamar la responsabilidad civil de un abogado?

Por no actuar con diligencia entiéndase, por ejemplo, que al abogado se le pase un plazo y ya no se pueda defender un asunto por estar prescrito, no proponga una prueba fundamental de forma correcta con el correspondiente daño para la defensa, no formule bien la demanda y genere costas... cuestiones objetivas que no tengan solución y que generen un perjuicio real, no sólo el cabreo del cliente. Y es que el cabreo, por muy justificado que esté, no se recoge en nuestro Derecho como algo indemnizable.

Es muy popular la triste creencia de que todos los abogados estamos compinchados sólo porque somos amables y educados, y hasta a veces, buenos amigos de los contrarios. Tenéis que entender, estimados lectores, que la discusión del asunto es objetiva, nada personal, ya que sino no podríamos llegar al final del día sin haber hecho tres nuevos archienemigos.

La discusión de los asuntos es en base a nuestras leyes, no sobre nuestras opiniones. El respeto mutuo es cuestión clave para la supervivencia en una profesión en la que nos pasamos el día pleiteando contra el mundo.

Eso sí, no podemos aceptar defender a un cliente si el contrario es también cliente de un compañero de nuestro propio despacho, porque afecta al secreto profesional. Tampoco debemos aceptar un asunto si nosotros mismos hemos sido anteriormente abogados de aquel a quien queréis demandar o denunciar porque -sin duda- podría haber conflicto de intereses. 

Para saber más, podéis echar un ojo al Estatuto General de la Abogacía Española y, desde luego, preguntar en el Colegio de Abogados de vuestra zona: El servicio de atención al ciudadano está a vuestra disposición.





viernes, 12 de mayo de 2017

Irregularidades documentales de GOLDCAR

Hoy os traigo otro nuevo tutorial para que conozcáis un poquito mejor vuestros derechos cuando contratáis un servicio de alquiler de coches. 

Como siempre, ¡fácil de entender!


domingo, 3 de abril de 2016

¿Cómo se cubre una hoja de reclamaciones?

Cuando consideramos que en un establecimiento se nos están vulnerando nuestros derechos como consumidores, tenemos la posibilidad de pedir una hoja de reclamaciones.

Ha de ser un modelo oficial, y debe incluir tres copias. No podemos llevarnos la hoja de reclamaciones a nuestra casa para cubrirla, debe ser cubierta dentro del establecimiento. Una vez cubierta, el establecimiento se queda con la última hoja, y nosotros con la original (que pasados 30 días -en Galicia- presentaremos en consumo) y la segunda hoja (que es nuestra copia).

Hay que diferenciar entre "arbitraje" y "sanción". Marcando la casilla "arbitraje", un árbitro decide sobre si nos corresponde o no la devolución del dinero o lo que hayamos pedido. Marcando la casilla "sanción" lo que realmente estamos haciendo es una denuncia ante la autoridad de Consumo y un inspector evaluará si se han cometido infracciones en materia de consumo, pero no se decidirá nada sobre tu situación particular. Puedes tachar ambas casillas.

El consumidor debe cubrir la "reclamación", mientras que el empresario, las "alegaciones". No obstante, recomiendo al empresario que en el apartado de "alegaciones" ponga la coletilla "se harán en el momento del requerimiento" para poder reflexionar detenidamente qué va a decir, ya que lo que escribimos nos vincula para un posterior arbitraje, y si decimos lo que no debemos, nos va a perjudicar.

Para el empresario, el momento del requerimiento es el ideal para hacer alegaciones, ya que se dispone de un plazo y podemos obtener asesoramiento con un abogado o con la asociación de empresarios a la que se pertenezca y, por ello, se hará una mejor defensa de los derechos de la empresa.

Siempre que seas empresa debes contestar al consumidor por escrito, si no lo haces, estás cometiendo una infracción y te pueden sancionar. ¿Lo mejor? Un burofax. 

Os dejo este video sobre cómo cubrir eficazmente la hoja de reclamaciones.






sábado, 28 de noviembre de 2015

Resaca del #blackfriday





Ayer por la mañana, mientras me tomaba un café antes de entrar al despacho, pasaba las hojas del periódico con la intención de leer únicamente titulares en negrita. Y me sorprendió que, siempre en la derecha, hubiera un anuncio de página completa, o como mínimo, del tamaño de un tercio de la hoja, de alguna tienda con sus descuentos para el #blackfriday. Había de todo: Desde el salmón ahumado en el hipercor con un 20% de descuento, hasta coches marca Skoda con un descuento del 30%, pasando por electrónica, muebles, viajes, y evidentemente, ropa.



El efecto llamada es claro, y nosotros vamos con una idea preconcebida de salir de tiendas para gastar dinero y aprovechar esta oportunidad "única", que en demasiadas ocasiones nos hace caer en el arrepentimiento. Es la resaca del blackfriday. Nos falla el sentido crítico, "¿Estoy dispuesto realmente a pagar este precio a pesar de que tiene un 50% de descuento?", como siempre ha pasado en las clásicas rebajas.

He podido observar como muchísimos medios daban recomendaciones para evitar los fraudes que pequeños y grandes comercios pueden cometer a fin de hacernos caer en la tentación de comprar: particularmente destacamos a Mediamark, que se ha ganado el podio por segundo año consecutivo subiendo precios una semana antes para que luego el descuento del blackfriday se desvirtúe; lo que tiene como consecuencia, por ejemplo, que un descuento del 20% sea en realidad del 5%, que no exista ningún descuento o, en el peor de los casos, que en realidad esté más caro en el blackfriday que en cualquier otro día del año.

Una de las imágenes compartidas por usuarios de Twitter. (Zarcort)




¿Qué puedo hacer si me doy cuenta de que he caído en un fraude?

Lo primero que tienes que hacer es regresar al comercio y pedir la hoja de reclamaciones. Si no te la dan (pueden poner excusas del tipo "no está el encargado", "ese tipo de quejas se presentan en Consumo directamente"...) puedes llamar a la policía local, para que levanten acta. Es una infracción gravísima que no te den la hoja de reclamaciones, están obligados a facilitártela, aunque sea sólo para quejarte de que el aire acondicionado está demasiado fuerte. Consumo ya decidirá si tu queja es objeto de sanción o no, y no el comercio.

En la hoja de reclamaciones explicas el asunto: "Subieron el precio pocos días antes y al final el precio rebajado era en realidad el precio de siempre", por ejemplo. Tachas la casilla "arbitraje" y "sanción", para que puedas recuperar el dinero de lo comprado, o que te hagan el descuento real prometido en un arbitraje. Pero recuerda que en la hoja de reclamaciones tienes que ser muy claro con lo que quieres, el árbitro no es adivino: "Quiero que me devuelvan el dinero, ya no me interesa este producto", o "Quiero que me devuelvan 50 € equivalente al descuento prometido" por ejemplo.

Una copia de la hoja de reclamaciones es para la tienda (la última hoja) y dos copias te las llevas tú. En Galicia, tienes que esperar un mes hasta presentar la hoja blanca (la original) en Consumo, tiempo en el que la tienda debe ponerse en contacto contigo para llegar a un acuerdo. Si no lo hace, o no te satisface lo que te propone, en Consumo darán trámite a tu reclamación y te llamarán para un arbitraje en unos meses. 

¿Hay algo que pueda hacer sin tener que pedir la hoja de reclamaciones?

Si lo que quieres es hacer valer tus derechos como consumidor, esta es la única vía. Esta, o acudir a un abogado, lo que tiene un coste, claro.


Las redes sociales

Si has sido víctima de un fraude, no pierdas ocasión de compartirlo en redes sociales. De esta forma más personas pueden comprobar si ellas, habiendo ido a comprar al mismo comercio que tú, han sido víctimas también del fraude. Gracias a esto se han detectado muchísimas irregularidades y las asociaciones de consumidores lo tienen más fácil para denunciar la situación ante las autoridades competentes en materia de consumo.


No he caído en un fraude, pero me he arrepentido de comprar. 
¿Puedo devolverlo?

Si lo has comprado por internet, tienes 14 días naturales desde que lo recibes para desistir; esto es, devolver el producto sin dar explicaciones, arrepentirte, recuperando el total del precio pagado por él. Al respecto de los gastos de devolución, ha de observarse qué condiciones se proponen en la página web.

Si lo has comprado en una tienda física, dependerá de la política de devoluciones de la tienda, que puede variar en este día en concreto, derivado de la promoción especial, lo que es totalmente legal siempre que esté debidamente anunciado. Por ejemplo, en El Corte Inglés, sabemos que siempre nos devuelven el dinero en el plazo de un mes desde que compramos un jersey. Pues bien, si el jersey que compro tiene un descuento por blackfriday y sólo se puede devolver al día siguiente, tiene que haber un cartel bien grande que lo anuncie, o tiene que decirlo el dependiente antes de cobrar. Para evitar problemas, pregunta siempre.