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lunes, 5 de agosto de 2013

Consecuencias reales de recibir una carta de gestión de cobros en caso de ser deudores


Cuando tienes una deuda con una compañía de teléfonos, puede ocurrir que, además de que corten la línea, te empiecen a llegar cartas de bufetes de abogados diciéndote que, si no pagas, te van a llevar al juzgado.

Lo primero que tenemos que  hacer cuando no estamos de acuerdo con una factura es poner una reclamación y solicitar en ella la suspensión del cobro de esa factura hasta que haya un laudo arbitral que diga que tienes que pagarla.

De todas formas no todo el mundo está bien asesorado y toman la decisión de no pagar, sin más gestiones que llamar a atención al cliente de su compañía para gritarle a una pobre operadora que no tiene la culpa de nada. Cuando sólo hacemos eso, no estamos dejando constancia fehaciente de nuestro desacuerdo, la compañía puede darse por aludida o no, por eso siempre es recomendable hacer una reclamación por escrito.

Entre otras cosas, nos ahorramos recibir cartas de empresas de gestión de cobros. Es importante distinguir las "empresas de gestión de cobros" de los "ficheros de morosos"; las empresas de gestión de cobros se dedican a mandarte gente disfrazada a tu casa para que todo el mundo sepa que no estás pagando tu deuda, aunque en el caso de las compañías de teléfono se limitan a la discreción de enviarte cartas semanales con remitente de bufetes de abogados varios avisándote de que tienes que pagar, sin más consecuencias que la molestia de recibirlas.  Por otro lado, los ficheros de morosos sí tienen consecuencias: no puedes pedir, por ejemplo, un crédito a un banco, y cualquier empresa puede acceder a estos ficheros para decidir si eres un buen cliente o no antes de aceptar un contrato contigo.

Los ficheros de morosos son: Asnef (Equifax Ibérica), RAI, Grupo Interpress, Iberinform, Experian, Badexcug, FIJ, y CIRBE.

Las cartas de las empresas de gestión de cobros sin embargo, no tienen consecuencias. Normalmente tienen una esmerada redacción y lenguaje pseudojurídico, y aterrorizan a quienes las leen, porque te dicen que te van a llevar ante los juzgados de Madrid, que las costas van a correr de tu cuenta lo que engordará tu deuda, cuando en realidad los juzgados de Madrid ni si quiera son competentes porque sólo pueden demandarte donde tú tengas tu domicilio (salvo si tu domicilio está en Madrid, claro).

Si te llevan a un juzgado no es por recibir cartas, es porque tu deuda es elevada. Y no es la empresa de gestión de cobros disfrazada de bufete la que te lleva ante el juzgado, sino la propia compañía. Pero vamos, que por 200 euros, no les compensa ni a ellos tomarse las molestias de redactar una demanda. Para ahorrarte el disgusto, debes ser prudente y presentar una reclamación ante el Instituto de Consumo de tu comunidad. Obviamente, si el laudo determina que debes pagar y tú sigues sin hacerlo, pueden ejecutar el laudo, pero esa ya es otra historia.

Si no sabes si estás o no en un fichero de morosos, la forma más sencilla de averiguarlo es ir a tu banco a preguntar.  Sino, en la Agencia Estatal de Protección de Datos (Tlf: 901-100-099).

Si ya estás en un fichero de morosos cuando vas a poner tu reclamación, puedes también pedir que te excluyan de ellos hasta que se resuelva si debes pagar o no con un laudo arbitral.


Pero sobre todo, no te dejes engañar por tu compañía. Acude a la Asociación de Consumidores más cercana para que te asesoren. Recuerda que este asesoramimento debe ser siempre gratuito porque colaboran codo con codo con los Institutos de Consumo de cada Comunidad Autónoma y están subvencionados por ellos.








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